Ir al contenido principal

Escraches por las redes sociales: una modalidad que debe terminarse



En los últimos días, las redes sociales volvieron a mostrar publicaciones poco agradables, donde personas, en su mayoría de perfiles falsos, se encargaron de "escrachar" a personas acusándolas de delitos desde estafas, robos, y acosos.
Una triste realidad vuelve a reflejarse en el mal uso de las redes sociales, donde en su mayoría, quienes se encargar de denigrar a las personas se ocultan en perfiles truchos.
Quizás, la falta de algún antecedente judicial que siente precedentes en esta ciudad, permite que esta metodología continúe vigente, dado a que, en caso que alguien realizara las denuncias correspondientes y lleve al banquillo a alguno de los picaros, haría pensar a más de uno antes de sentarse a escribir en contra de alguien.
Lo peor de todo no solo es quienes realizan las publicaciones, sino también aquellos que las comparten los posteos. Pero, no siempre las denuncias públicas son falsas.
Ante estas situaciones ¿Cómo sabemos si las denuncias son reales o falsas? Primero y principal, revisando si son reales los perfiles de los acusadores. Además, en la mayoría de quienes acusan, jamás realizaron denuncia alguna ante las autoridades que corresponde.
Los Delitos Contra el Honor están establecidos dentro del Código Penal Argentino, donde el delito por calumnias e injurias está tipificado en el artículo 109 y 110.
El primer precedente que sentó jurisprudencia en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales, data del mes de febrero de 2.018, cuando una mujer fue declarada culpable tras realizar una publicación en la red social Twitter.
El más cercano de los casos conocidos, es un fallo de la justicia cordobesa, donde un hombre denuncio a su ex esposa y ex suegra, por calumnias e injurias contra su persona, con publicaciones realizadas en Facebook.
¿Será tiempo que alguien siente precedente en Las Termas de Río Hondo?

Comentarios

Entradas populares de este blog

Hacer circular información falsa para generar temor, es un delito

C onstantemente cuando se produce un hecho o situación que pueda generar algún tipo de alerta en la población, comienzan a divulgarse falsas informaciones mediante las redes sociales ( WhatsApp , Facebook , Instagram ) provocando temor entre las personas. Esa nefasta conducta que termina generando psicosis colectiva es un delito, y está tipificado con la figura de “ intimidación pública ” en el Código Penal Argentino . La intimidación pública es un ilícito establecido en el Código Penal Argentino, y se encuentra contenido en el Libro 8 , Capítulo 3 . En esencia este delito consiste en el desenvolvimiento de cualquier tipo de conductas capaz de generar o infundir temor público, con el peligro de promover tumultos o desórdenes sociales. En su Art. 211 el Código Penal Argentino determina que "será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un...

Aborto Legal: Santiago Del Estero no está adherido al Protocolo Nacional y ni siquiera cuenta con uno propio

E l viernes 13 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1/2019 que establece el protocolo nacional para abortos no punibles. Definido como una “guía para los equipos de salud”, el documento busca “garantizar las mejores prácticas clínicas y de salud para garantizar el acceso a la salud conforme a lo que rige la constitución argentina. Es una actualización del que se publicó en 2015 y al que ya habían adherido 10 provincias. Ahora, según anunciaron, Buenos Aires y Chubut también lo incorporarán, por lo que estará vigente en la mitad de los distritos. Y otras cuatro provincias -que ya tienen guías propias- prevén estudiarlo. En caso de sumarse, se alcanzaría los dos tercios. La abogada Soledad Deza , presidenta de la Fundación Mujeres por Mujeres , dice que, si bien la existencia de un protocolo da seguridad a los profesionales de la salud, estos instrumentos son una estandarización de buenas prácticas clínicas, pero no crean ni regulan derechos: las obligaciones médico...

La era digital, y la puja entre los medios de comunicación y las redes sociales

L os medios de comunicación paulatinamente se van volcando a la era digital, eso significa la desaparición del diario impreso y una nueva forma de vender publicidad -sostén principal para mantener un medio de comunicación- u otros mecanismos para obtener ingresos. La presencia del internet a generado que muchas personas se volcaran al uso del mismo, de forma rápida y ágil, lo que ha ocasionado que se deje casi de lado la compra en papel de revistas, diarios, libros, etc. En medio de esa situación, los diarios han tenido que adecuarse para poder sobrevivir, originando una mutación de medios tradicionales que plasmaban sus notas en el papel, a plasmarlas en plataformas digitales. En este sentido, y hasta que los anunciantes comprendan y apuesten  a la publicidad en los medios digitales, muchos apelan a obtener subscriptores para así poder mantenerse y hacer frente a pagos de sus empleados, desde periodistas, fotógrafos, diseñadores, contadores, etc. En paralelo a la adecuación de l...