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Escraches por las redes sociales: una modalidad que debe terminarse



En los últimos días, las redes sociales volvieron a mostrar publicaciones poco agradables, donde personas, en su mayoría de perfiles falsos, se encargaron de "escrachar" a personas acusándolas de delitos desde estafas, robos, y acosos.
Una triste realidad vuelve a reflejarse en el mal uso de las redes sociales, donde en su mayoría, quienes se encargar de denigrar a las personas se ocultan en perfiles truchos.
Quizás, la falta de algún antecedente judicial que siente precedentes en esta ciudad, permite que esta metodología continúe vigente, dado a que, en caso que alguien realizara las denuncias correspondientes y lleve al banquillo a alguno de los picaros, haría pensar a más de uno antes de sentarse a escribir en contra de alguien.
Lo peor de todo no solo es quienes realizan las publicaciones, sino también aquellos que las comparten los posteos. Pero, no siempre las denuncias públicas son falsas.
Ante estas situaciones ¿Cómo sabemos si las denuncias son reales o falsas? Primero y principal, revisando si son reales los perfiles de los acusadores. Además, en la mayoría de quienes acusan, jamás realizaron denuncia alguna ante las autoridades que corresponde.
Los Delitos Contra el Honor están establecidos dentro del Código Penal Argentino, donde el delito por calumnias e injurias está tipificado en el artículo 109 y 110.
El primer precedente que sentó jurisprudencia en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales, data del mes de febrero de 2.018, cuando una mujer fue declarada culpable tras realizar una publicación en la red social Twitter.
El más cercano de los casos conocidos, es un fallo de la justicia cordobesa, donde un hombre denuncio a su ex esposa y ex suegra, por calumnias e injurias contra su persona, con publicaciones realizadas en Facebook.
¿Será tiempo que alguien siente precedente en Las Termas de Río Hondo?

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