
En medio de cuestionamientos
que encuentran justificativos por parte de las autoridades, se le sumó la
vergonzosa determinación del máximo funcionario de la dirección de Tránsito y
Transporte de la municipalidad de Las Termas de Río Hondo, quien por fuera de lo
que establece la Ley Nacional
de Seguridad Vial, hizo entrega de constancias a quienes tramitan el carnet
para que estos justifiquen el faltante de la autorización para conducir.
En las constancias, que “tienen
validez” por 24, 48 o 72 horas, la autoridad del organismo donde se otorga la Licencia Nacional
de Conducir manifiesta que, “se eleva la presente constancia para ser
presentado ante las autoridades que lo requieran, debido a que en esta dirección
nos encontramos sin sistema”. Las constancias llevan sello y firma del señor Raúl
Rodolfo Rodríguez, director de Tránsito y Transporte de la municipalidad de Las
Termas de Río Hondo.
Lo increíble de esto, es que
dichas constancias no tienen ninguna validez ante la requisitoria de personal
de Seguridad Vial.
Respecto a este tema, se
realizó la consulta particular a un policía de rango elevado dependiente de la
dirección de Seguridad Vial, quien manifestó tajantemente que, dicha constancia
no posee ninguna validez.
El funcionario policial
expresó, “la Ley Nacional
de Seguridad Vial indica concretamente que, se puede tramitar la licencia 30
días antes de su vencimiento y hasta 90 días después de vencido, pero
durante ese período la persona no está habilitada para conducir, esto para los
que tienen licencia, para los que nunca la tuvieron tampoco existe permiso o autorización
particular, si o si tienen que tener licencia habilitante otorgada por organismo
habilitados por la Agencia Nacional
de Seguridad Vial”.
Con estas explicaciones queda
demostrado que, dichas constancias no representan validez alguna. Para quienes
desconocen lo que indica la Ley Nacional
de Seguridad Vial (casi la mayoría de la ciudadanía), aceptan estas constancias
sin saber que, ante un control policial, ya sea de fuerzas de seguridad provincial
o nacional, se ven en condiciones de ser multados y hasta de que sus motovehículos
o automotores sean secuestrados. Esto en casos simples, sin contar si se ven
involucrados en accidentes viales.
Esto deja un interrogatorio
¿El director de Tránsito y Transporte desconoce la
Ley Nacional de Seguridad Vial, o pretende
que se hagan secuestros y multas mediante el engaño de hacer creer que esas
constancias tienen validez para conducir?
Considero que, es más fácil
explicar a la ciudadanía que concurre a obtener sus licencias sobre los motivos
de las demoras e informar que no pueden transitar hasta contar con las mismas, antes
que engañar con un papel que incluso puede significar un elemento de prueba
ante juicios al estado municipal.
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