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El director de Tránsito y Transporte otorga constancias, ilegales para circular

Escaso personal, fallas en el sistema, y concurrencia masiva para obtener la Licencia Nacional de Conducir, deja fuertes polémicas en la comunidad termense. Pero a todas las situaciones anteriores se les puede encontrar un comprendido en la ciudadanía, no así una paupérrima actitud del encargado de dicha oficina, quien “otorga permisos para circular” desconociendo totalmente lo establecido por la Ley Nacional de Seguridad Vial.
En medio de cuestionamientos que encuentran justificativos por parte de las autoridades, se le sumó la vergonzosa determinación del máximo funcionario de la dirección de Tránsito y Transporte de la municipalidad de Las Termas de Río Hondo, quien por fuera de lo que establece la Ley Nacional de Seguridad Vial, hizo entrega de constancias a quienes tramitan el carnet para que estos justifiquen el faltante de la autorización para conducir.
En las constancias, que “tienen validez” por 24, 48 o 72 horas, la autoridad del organismo donde se otorga la Licencia Nacional de Conducir manifiesta que, “se eleva la presente constancia para ser presentado ante las autoridades que lo requieran, debido a que en esta dirección nos encontramos sin sistema”. Las constancias llevan sello y firma del señor Raúl Rodolfo Rodríguez, director de Tránsito y Transporte de la municipalidad de Las Termas de Río Hondo.
Lo increíble de esto, es que dichas constancias no tienen ninguna validez ante la requisitoria de personal de Seguridad Vial.
Respecto a este tema, se realizó la consulta particular a un policía de rango elevado dependiente de la dirección de Seguridad Vial, quien manifestó tajantemente que, dicha constancia no posee ninguna validez.
El funcionario policial expresó, “la Ley Nacional de Seguridad Vial indica concretamente que, se puede tramitar la licencia 30 días antes de su vencimiento y hasta 90 días después de vencido, pero durante ese período la persona no está habilitada para conducir, esto para los que tienen licencia, para los que nunca la tuvieron tampoco existe permiso o autorización particular, si o si tienen que tener licencia habilitante otorgada por organismo habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.
Con estas explicaciones queda demostrado que, dichas constancias no representan validez alguna. Para quienes desconocen lo que indica la Ley Nacional de Seguridad Vial (casi la mayoría de la ciudadanía), aceptan estas constancias sin saber que, ante un control policial, ya sea de fuerzas de seguridad provincial o nacional, se ven en condiciones de ser multados y hasta de que sus motovehículos o automotores sean secuestrados. Esto en casos simples, sin contar si se ven involucrados en accidentes viales.
Esto deja un interrogatorio ¿El director de Tránsito y Transporte desconoce la Ley Nacional de Seguridad Vial, o pretende que se hagan secuestros y multas mediante el engaño de hacer creer que esas constancias tienen validez para conducir?

Considero que, es más fácil explicar a la ciudadanía que concurre a obtener sus licencias sobre los motivos de las demoras e informar que no pueden transitar hasta contar con las mismas, antes que engañar con un papel que incluso puede significar un elemento de prueba ante juicios al estado municipal.

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